Síntesis Videoconferencia: Implicaciones en la calidad de las ofertas odontológicas en las clínicas de bajo costo

Estimados Colegas
El pasado miércoles 22 de abril se desarrolló la Videoconferencia: Implicaciones en la calidad de las ofertas odontológicas en las clínicas de bajo costo, liderada por la Federación Odontológica Colombiana. Moderadora: Dra. María Fernanda Atuesta – Presidente Federación Odontológica Colombiana

Invitados:
  • Dr. Diego Chaparro Díaz – Asesor Jurídico de la Federación Odontológica Colombiana
  • Dr. Sergio Prada Marin - Presidente del Tribunal Nacional de ética Odontológica
  • Dra. Mary Stella Duque - Abogada Secretaria del Tribunal Nacional de ética Odontológica
  • Dr. Daniel González – Representante Gremio Odontológico Colombiano
Introducción
Este espacio de participación se desarrolló con el fin de enriquecer el tema de la atención sobre los pacientes, debido a las constantes denuncias y demandas que reflejan la crisis por la cual atraviesa la odontología en Colombia y la falta de control y vigilancia por parte de los entes estatales, ya que se están promoviendo ciertos procedimientos a través de las clínicas de bajo costo que van en detrimento en la calidad de la atención al paciente, en el cual éste es vulnerable ya que no posee el conocimiento acerca de las implicaciones que puede tener un mal tratamiento odontológico.
Fue muy importante para la Federación Odontológica Colombiana contar con el concepto del Presidente del Tribunal Nacional de ética Odontológica y de los jurídicos invitados, así como de la experiencia de los odontólogos en cabeza del Representante del Gremio Odontológico Colombiano, para saber direccionar y construir herramientas para dar a conocer este tipo de ofertas que pueden alterar la salud de los colombianos.

Puntos clave:
  • La mayoría de quejas que se tramitan en el Tribunal Nacional de ética Odontológica recaen en los profesionales que trabajan en este tipo de clínicas, y pueden generar consecuencias patrimoniales sobre el mismo.
  • Se ha encontrado en la evaluación de los diferentes procesos disciplinarios, que en estas clínicas cuando se hace la presentación del tratamiento al paciente, no hay una garantía que el curso del tratamiento sea brindada por el mismo profesional.
  • No todas las clínicas están garantizando la mejor atención a la población, por el contrario se está exponiendo a los profesionales que llegan a trabajar a estos sitios a una sanción por el TNEO ya que esta entidad actúa sobre la persona y no sobre la clínica.
  • El TNEO interactúa con el Ministerio de Salud y Protección Social y con otros entes de vigilancia y control para que se imponga una normatividad dentro de la habilitación que le permita al paciente recibir un tratamiento de calidad, mediante la utilización de profesionales idóneos que cumplan con los requisitos y le brinde la garantía en el tiempo al tratamiento que se esté atendiendo.
  • La atención odontológica como cualquier otro servicio tiene un componente jurídico y comercial preciso, es decir, en la venta de un servicio odontológico hay una serie de contratos y de negocios jurídicos que deben cumplirse, igualmente existen condiciones de responsabilidad posteriores a la venta de dicho servicio que deben evaluar los prestadores ya sea laborando en una clínica o en su consultorio independiente.
  • El paciente debe evaluar la calidad de la publicidad e información comercial de algunas clínicas, ya que ofrecen productos y no incluyen la totalidad de las condiciones de la oferta. La corresponsabilidad del usuario y del que ofrece el servicio indica que debe informarse adecuadamente sobre qué es lo que se está ofreciendo.
  • Es una necesidad del paciente informarse acerca de cuáles son las condiciones en las que le realizarán determinado tratamiento y por supuesto el oferente del servicio debe indicarle a su paciente dichas condiciones.
  • En el censo de odontología se evidencia la necesidad de determinar aspectos de información claras, expresas, evidentes, fáciles de acceder al ciudadano que está demandando el servicio que impidan que se constituyan condiciones de información comercial engañosa.
  • A pesar de lo que ha ocurrido con la evaluación de los sistemas de trabajo relacionados con la prestación de servicios odontológicos, se mantienen unos aspectos jurídicos fundamentales de responsabilidad civil y administrativa antes las instancias de vigilancia y control independientemente de cual sea la forma o el modelo que utilicen para prestar sus servicios a los pacientes.
  • Los odontólogos mantienen un compromiso directo frente a los pacientes a los cuales les está prestando el servicio; una responsabilidad ético-disciplinaria ante el TNEO y una responsabilidad penal por cualquier lesión que cause al paciente, esta responsabilidad penal se hace extensiva a la institución en la medida en que se inicia un incidente de reparación, y si el odontólogo es condenado, es allí donde se vincula a la entidad para la cual está prestando sus servicios y ésta debería responder por una indemnización frente a ese paciente.
  • La Superintendencia de Sociedades a través del estatuto del consumidor, puede ejercer una vigilancia y control en donde existen multas por publicidad engañosa y por el continuo aumento en el costo del tratamiento con el pretexto de cualquier mínima modificación, que con antelación podrían haber sido previsibles.
  • Tres actores fundamentales que se deben tener en cuenta:
    • El Estado: quien debe garantizar y fijar unas reglas de competencia claras, en donde se privilegie los derechos del consumidor.
    • Los pacientes: quienes dentro del marco de la Ley de Garantía de Calidad, deben recibir una excelente atención bajo las premisas ya establecidas y todo lo concerniente con la seguridad del paciente.
    • Los odontólogos: como gremio donde deben tener unas condiciones dignas de trabajo, que les permita desarrollarse profesionalmente con el derecho al trabajo.
  • Dentro de los procesos del TNEO no se puede tomar medidas ni sanciones contra ninguna clínica, los responsables de cualquier tratamiento que se ejerza en estas clínicas dentro del proceso ético son los profesionales que actúan en el mismo.
  • Hay que educar al estudiante de odontología en el área de la ética, contractualidad, de responsabilidad civil, esto con el fin de prepararlos para enfrentar el mundo laboral, de igual forma deben conocer el código de ética ya que éste es la ley del odontólogo y hace parte fundamental de su ejercicio profesional.
  • Tanto las Asociaciones Científicas, como la Federación Odontológica Colombiana ni el Colegio Colombiano de Odontólogos, no pueden imponer tarifas ya que son gravemente sancionadas por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Resaltando estos puntos claves tratados en la Videoconferencia: Implicaciones en la calidad de las ofertas odontológicas en las clínicas de bajo costo, los invitamos a responder la siguiente solicitud de información, sus opiniones son muy importantes para nosotros.

Clic aquí para acceder al formulario http://bit.ly/1GUwjFr
Escúchala en el siguiente enlace http://bit.ly/1Jl2mSp

Cordialmente,
Federación Odontológica Colombiana

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