Informe de Presidencia Agosto 2014 - Resolución 2003 de 2014




Cordial saludo,

Queridos colegas:

Ya que me comenzaron a llamar para aclarar dudas con respecto a los cambios logrados por la Federación Odontológica Colombiana al cambiar la resolución 1441 a 2003. El pasado 15 de agosto se realizó una reunión gremial con el Ministerio de Salud en Bogotá para aclarar los cambios y lo que se va a comenzar a pedir en los consultorios particulares.

La ley es una sola por lo que no se puede dar pie a interpretaciones diferentes y los estándares para evaluarnos deben ser iguales, la FOC representada por su Presidente la Dra. María Fernanda Atuesta ha trabajado muy fuerte por defender nuestros intereses ante el Ministerio, por eso en esta reunión se nos informó lo siguiente:

Queda sin cambio de la ley 1441 a 2003 en cuanto a talento humano que los prestadores determinan la cantidad de talento humano requerido. Cambia que la resolución 2003 no establece competencias, esto quiere decir que si usted está capacitado para realizar procedimientos especializados como implantes dentales, aunque no sea especialista lo puede hacer pero debe tener en cuenta que al no ser especialista no puede registrarse como implantólogo, ni habilitarse si no es especialista en determinado procedimiento, ni anunciar ni publicitar estos procedimientos.

Sedación: si se realiza en el consultorio odontológico debe realizarla un profesional diferente al que está realizando el procedimiento dental el cual debe contar con entrenamiento en soporte básico vital.

Las instituciones con más de 3 pisos necesitan acceso con ascensor o rampa.

Las instituciones prestadoras de servicios de salud deben contar con unidad sanitaria especial para discapacitados (baño para discapacitados).

Prestador con rayos X debe contar con licencia de funcionamiento de equipos de Rayos X vigente expedida por entidad departamental o distrital de salud.

Aseo: las pocetas, punto de desagüe, áreas de almacenamiento de basuras pueden ser compartidos. En consultorio particular se debe contar con un lugar para lavado de trapeadores y zona de almacenamiento debasuras solo si el edificio donde está el consultorio no cuenta con estas zonas. Pocetas, zonas de desagüe se requieren como ambientes exclusivos sólo en servicios quirófanos, obstétrico y de hospitalización y urgencias.

Todo lo que se habló en los cursos de la FOC- Vallesobre seguridad del paciente sigue igual de 1441 a 2003, se deben revisar las listas de chequeo, los manuales de práctica segura. Estos manuales se pueden realizar o bajarlos por internet donde están con estándares ya verificados. De odontología no hay manuales en la página del ministerio por lo que nos recomiendan acoger guías con evidencia o desarrollarlas.

Si se registró como IPS odontológica requiere programa para víctimas de violencia sexual con certificados de capacitación de los miembros de la IPS.

Se debe contar con documentos que demuestren un proceso de formación que fortalezca y verifique la actualización de conocimiento y destrezas. Contar con certificados de formación continua. Para tener en cuenta, cuando entre a regir la ley de talento humano estos certificados deben ser expedidos por Universidades o por entidades avaladas para estos actos como la Federación Odontológica Colombiana.
Disponibilidad: debo estar en disposición de atender los pacientes en los horarios registrados en la habilitación, esto quiere decir que si llaman al consultorio se les pueda atender. Pero no indica que tenga que estar ese tiempo presente en el consultorio, si puedo atender una urgencia por celular eso equivale a disponibilidad.

En cuanto a la obligatoriedad para tener auxiliar de odontología o de salud oral cambia la ley ya no es una obligatoriedad, es opcional

En cuanto a infraestructura para consultorio particular: Se eliminó en la 2003 la obligatoriedad de área de entrevista separada del consultorio, se eliminaron los baños discriminados por sexo y el de discapacitados.

En área de esterilización continua requerimiento de lavamanos por unidad, el área de esterilización requiere mesón de trabajo y poceta para lavado de instrumental. El proceso de esterilización puede realizarse en el consultorio con dos medios de verificación o contratado con entes externos. Si el proceso es contratado deben haber interventorías para garantizar el adecuado proceso.

En cuanto a la historia clínica digital el MINISTERIO DE SALUD no ha reglamentado su obligatoriedad, si se tiene este tipo de historia los consentimientos informados deben estar archivados en físico con la debida reglamentación y custodia.

Recuerden que todos los prestadores de servicios debemos haber diligenciado el portafolio de servicios en la web de la secretaria departamental de salud, actividad para lo cual hay plazo hasta el 28 de agosto de 2014, este proceso es obligatorio así su habilitación este al día. De no realizarlo será sacado del sistema automáticamente.

Espero que esta guía les dé una orientación de cómo se deben preparar para sus visitas. Recuerde que debe estudiar la resolución 2003 esto es su obligación. La Federación Odontológica Colombiana sigue trabajando por el gremio, esperamos contar con el gremio para poder seguir trabajando por ustedes. Fedérate!!!

Cordialmente,

Liliana Vera Traslaviña
Presidente, FOCValle

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