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Nuevo plazo para inscripción de prestadores

Federación Odontológica Colombiana

Estimados Colegas 

La Resolución 3678 de 2014 ha modificado la Resolución 2003 de 2014, en la cual aumento el plazo para la inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de servicios.

El nuevo plazo es hasta el 30 de enero de 2015, para la actualización del portafolio de servicios que es un requisito previo para que el prestador realice la autoevaluación.

Para conocer el formulario de novedades de prestadores de servicios de salud por favor de clic aquí.

Apoyando y fortalenciendo el gremio de los profesionales de la salud.


Cordialmente,
Federación Odontológica Colombiana

Día de la Odontología Vallecaucana
Octubre 11 de 2014
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3.188 Ips de Valle, de ‘infarto’ por trámite

Prestadores de salud tienen plazo de actualizar su portafolio hasta el 30 de agosto. En el Valle, Cauca y Nariño todavía faltan 4.164 por requisito.

Sin la habilitación
entidades y
profesionales
no funcionarán.
En carreras están por estos días clínicas, hospitales, consultorios médicos, centros de terapias alternativas, de salud mental, terapias alternativas, ambulancias y otros prestadores de salud en el Valle, que tienen hasta el 30 de agosto para actualizar su portafolio de servicios.

De 5.100 de estas entidades públicas y privadas que funcionan en el departamento, solo el 37,5 por ciento ha cumplido con este requisito, que les permite prestar los diferentes servicios de salud.

“Desplegamos campañas de asistencia técnica desde mediados de mayo y hasta estos días en todos los municipios. A las convocatorias han asistido 1.870 operadores para capacitarse, pero vemos que la mayoría han deja-do todo para la última semana y esto causará traumatismos”, dice Mercedes Paredes, coordinadora del Grupo de Inspección, Vigilancia y Control de la secretaría de Salud del Valle.

Señala la funcionaria que se trata de un trámite que es obligatorio. La actualización del portafolio de servicios hace parte del Sistema de Registro Especial de Prestadores de Salud del ministerio, que es la base general del sistema. “Sin la actualización el sistema automáticamente los elimina y quedan por fuera”, explicó Paredes.

La actualización se hace por una única vez debido al cambio de la Resolución 2003 de 2014 expedida por el ministerio de Salud.

Del universo de prestadores de servicios para el Valle hacen parte 1.115 instituciones de salud, 443 ambulancias y 3.542 profesionales que ofrecen sus servicios de manera independientes.

El 75 por ciento de estas entidades está en Cali.
“Los que no hagan el trámite quedan por fuera del sistema, eso significa que no pueden prestar los servicios hasta que no haya una visita para la reactivación, un proceso bien complejo pues están sujetos a la programación del ministerio”, insiste Paredes.

El llamado es para ese 62,5 por ciento de operadores que están quedados, a que ingresen a la página del ministerio o la Gobernación del Valle (www.valledelcauca.gov. co) y accedan a la página del registro especial para adelantar el proceso. Cada uno tiene un código con el que puede realizar la actualización, dijo.

En el piso 10 de la Gobernación un equipo de la secretaría de Salud orientará a los pequeños prestadores de servicios.

Cauca y Nariño, igual

La secretaría de Salud del Cauca también llamó la atención de las entidades que de no realizar este primer paso, estarán expuestas a que se les suspenda la licencia de funcionamiento y la habilitación.

De 1.136 entidades prestadoras de servicios de salud que funcionan en el Cauca, solo han realizado este proceso 700 instituciones, es decir, el 62 por ciento. De no cumplir con la norma quedarían sin licencia de funcionamiento 436 entidades de salud.

En Nariño, donde 1.458 instituciones hacen parte del registro, dice el subdirector de Calidad y Aseguramiento del Instituto Departamental de Salud, Javier Andrés Ruano, que solo se ha actualizado el 63 por ciento de los prestadores de servicios de salud, es decir, que 540 aún no lo han hecho.

Si salen de la base de datos no podrán prestar el servicio, ni tampoco podrán contratar, ni cobrar, advierte.

Dice que los afiliados o beneficiarios del sistema deben preguntar si el prestador cumplió con el procedimiento, “porque de lo contrario no contarán con el respaldo a partir del primero de septiembre para que les garantice un servicio con calidad”, agrega.

Sin el registro las entidades no podrán prestar servicios a la comunidad, ni a las EPS.

Informe de Presidencia Agosto 2014 - Resolución 2003 de 2014




Cordial saludo,

Queridos colegas:

Ya que me comenzaron a llamar para aclarar dudas con respecto a los cambios logrados por la Federación Odontológica Colombiana al cambiar la resolución 1441 a 2003. El pasado 15 de agosto se realizó una reunión gremial con el Ministerio de Salud en Bogotá para aclarar los cambios y lo que se va a comenzar a pedir en los consultorios particulares.

La ley es una sola por lo que no se puede dar pie a interpretaciones diferentes y los estándares para evaluarnos deben ser iguales, la FOC representada por su Presidente la Dra. María Fernanda Atuesta ha trabajado muy fuerte por defender nuestros intereses ante el Ministerio, por eso en esta reunión se nos informó lo siguiente:

Queda sin cambio de la ley 1441 a 2003 en cuanto a talento humano que los prestadores determinan la cantidad de talento humano requerido. Cambia que la resolución 2003 no establece competencias, esto quiere decir que si usted está capacitado para realizar procedimientos especializados como implantes dentales, aunque no sea especialista lo puede hacer pero debe tener en cuenta que al no ser especialista no puede registrarse como implantólogo, ni habilitarse si no es especialista en determinado procedimiento, ni anunciar ni publicitar estos procedimientos.

Sedación: si se realiza en el consultorio odontológico debe realizarla un profesional diferente al que está realizando el procedimiento dental el cual debe contar con entrenamiento en soporte básico vital.

Las instituciones con más de 3 pisos necesitan acceso con ascensor o rampa.

Las instituciones prestadoras de servicios de salud deben contar con unidad sanitaria especial para discapacitados (baño para discapacitados).

Prestador con rayos X debe contar con licencia de funcionamiento de equipos de Rayos X vigente expedida por entidad departamental o distrital de salud.

Aseo: las pocetas, punto de desagüe, áreas de almacenamiento de basuras pueden ser compartidos. En consultorio particular se debe contar con un lugar para lavado de trapeadores y zona de almacenamiento debasuras solo si el edificio donde está el consultorio no cuenta con estas zonas. Pocetas, zonas de desagüe se requieren como ambientes exclusivos sólo en servicios quirófanos, obstétrico y de hospitalización y urgencias.

Todo lo que se habló en los cursos de la FOC- Vallesobre seguridad del paciente sigue igual de 1441 a 2003, se deben revisar las listas de chequeo, los manuales de práctica segura. Estos manuales se pueden realizar o bajarlos por internet donde están con estándares ya verificados. De odontología no hay manuales en la página del ministerio por lo que nos recomiendan acoger guías con evidencia o desarrollarlas.

Si se registró como IPS odontológica requiere programa para víctimas de violencia sexual con certificados de capacitación de los miembros de la IPS.

Se debe contar con documentos que demuestren un proceso de formación que fortalezca y verifique la actualización de conocimiento y destrezas. Contar con certificados de formación continua. Para tener en cuenta, cuando entre a regir la ley de talento humano estos certificados deben ser expedidos por Universidades o por entidades avaladas para estos actos como la Federación Odontológica Colombiana.
Disponibilidad: debo estar en disposición de atender los pacientes en los horarios registrados en la habilitación, esto quiere decir que si llaman al consultorio se les pueda atender. Pero no indica que tenga que estar ese tiempo presente en el consultorio, si puedo atender una urgencia por celular eso equivale a disponibilidad.

En cuanto a la obligatoriedad para tener auxiliar de odontología o de salud oral cambia la ley ya no es una obligatoriedad, es opcional

En cuanto a infraestructura para consultorio particular: Se eliminó en la 2003 la obligatoriedad de área de entrevista separada del consultorio, se eliminaron los baños discriminados por sexo y el de discapacitados.

En área de esterilización continua requerimiento de lavamanos por unidad, el área de esterilización requiere mesón de trabajo y poceta para lavado de instrumental. El proceso de esterilización puede realizarse en el consultorio con dos medios de verificación o contratado con entes externos. Si el proceso es contratado deben haber interventorías para garantizar el adecuado proceso.

En cuanto a la historia clínica digital el MINISTERIO DE SALUD no ha reglamentado su obligatoriedad, si se tiene este tipo de historia los consentimientos informados deben estar archivados en físico con la debida reglamentación y custodia.

Recuerden que todos los prestadores de servicios debemos haber diligenciado el portafolio de servicios en la web de la secretaria departamental de salud, actividad para lo cual hay plazo hasta el 28 de agosto de 2014, este proceso es obligatorio así su habilitación este al día. De no realizarlo será sacado del sistema automáticamente.

Espero que esta guía les dé una orientación de cómo se deben preparar para sus visitas. Recuerde que debe estudiar la resolución 2003 esto es su obligación. La Federación Odontológica Colombiana sigue trabajando por el gremio, esperamos contar con el gremio para poder seguir trabajando por ustedes. Fedérate!!!

Cordialmente,

Liliana Vera Traslaviña
Presidente, FOCValle

Portafolio de Servicios - Plazo Agosto 31



Resolución 2003 de 2014
Sáb, 23 de Ago, 2014
Nos permitimos recordar a los colegas colombianos que, según el Artículo 20.1 de la Resolución 2003 de 2014 es requisito indispensable actualizar el Portafolio de Servicios antes de realizar la autoevaluación: "Dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, los prestadores de servicios de salud que se encuentren inscritos en el REPS, deberán actualizar por una única vez el portafolio de servicios, ingresando al enlace de novedades del prestador, disponible en el aplicativo del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), publicado en la página web de la Entidad Departamental o Distrital de Salud correspondiente y diligenciar la información allí solicitada. La actualización del portafolio de servicios es un requisito previo para que el prestador realice la autoevaluación." Es decir, plazo máximo para actualizar Portafolio de Servicios: 30 de agosto de 2014. Se puede realizar por

Internet entrando a la web de Minsalud y haciendo clic en el "enlace formulario de novedades":

http://www.minsalud.gov.co/salud/PServicios/Paginas/autoevaluacion-prestadores-servicios-salud.aspx

Resolución 2003 de 2014


Cordial Saludo
Informamos a todo el gremio, que ya se encuentra publicada en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social, la Resolución 2003 de 2014 “Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los Prestadores de Servicios de Salud y de habilitación de servicios de salud”, la cual deroga la Resolución 1441 de 2013.
Dicha norma está disponible para consulta haciendo clic en este enlace.

Cordialmente,
Federación Odontológica Colombiana Seccional Valle